Es lamentable ver como muchos toman por juego a los sacramentos, queriendo hacerlos desechables, una actitud común de esta época, con la que se presenta una dinámica mas profunda y dolorosa para la misma persona el “utilitarismo”, es decir que las relaciones y las personas son, mientras me sean útiles, cuando me causen conflicto las cambio y fin del problema.
Todos los sacramentos tienen elementos que los fundamentan y los hacen ser lo que son, por irónico que suene, pero así como una persona no puede ser bautizada con leche, los demás sacramentos tienen elementos que los fundamentan.
En el caso del sacramento de matrimonio, se realiza en una elección, siendo un acto libre, por lo que al contraer el compromiso matrimonial, se presupone que hay conocimiento y conciencia plena de lo que esto implica.
Es lo que el apóstol Pablo da a entender diciendo: "Maridos, amad a vuestras mujeres como Cristo amó a la Iglesia y se entregó a sí mismo por ella, para santificarla" (Ef. 5,25-26), y añadiendo en seguida: “«Por eso dejará el hombre a su padre y a su madre y se unirá a su mujer, y los dos se harán una sola carne». Gran misterio es éste, lo digo respecto a Cristo y a la Iglesia (Ep 5,31-32)”. (Catecismo de la Iglesia Católica 1616)
Para que se realice el sacramento del matrimonio deben ser libres, actuar con responsabilidad y con pleno conocimiento de lo que se esta haciendo, si hay dudas, temores, amenazas o cualquier otro sentimiento en contra, lo mejor es que no se realice la unión: “Los protagonistas de la alianza matrimonial son un hombre y una mujer bautizados, libres para contraer el matrimonio y que expresan libremente su consentimiento. "Ser libre" quiere decir: - no obrar por coacción; - no estar impedido por una ley natural o eclesiástica”. (Catecismo de la Iglesia Católica 1625)
Si no hay estos elementos de conocimiento y conciencia de lo que implica, puede darse la anulación sacramental, no divorcio, hay que comprender que una anulación es que la Iglesia reconoce que lo que dijeron o hicieron no estaban capacitados para decir, sea por que mintieron o alguna otra razón no les permitió actuar libremente, hay varias causas que hacen posible una anulación.
Este proceso es mediante una investigación ante la autoridad eclesiástica y se emitirá una sentencia, misma que no siempre es agradable para los implicados en la anulación. Como el Código de Derecho Canónico lo explica en el canon 1673.
Por lo que no podemos devaluarlo, minimizándolo a solo un contrato, o como algunos gobiernos lo han querido presentar como algo temporal.
Si analizamos el vinculo matrimonial desde un aspecto positivo, nos referimos a la donación mutua, al compromiso de la única persona que puedo y debo ejercer una elección, haciendo uso de todas mis capacidades, afectivas, intelectuales, espirituales, pero si caigo en el sentido negativo o limitado de solo buscar mi beneficio, posiblemente este perdiendo de vista mas del 50% de lo que el matrimonio significa, ya que solo me estoy viendo a mi, y estoy olvidando al otro u otra.
Hace poco, cuando recién había sido electo el Papa Francisco, me preguntaban en una entrevista para un canal de televisión, si consideraba que el nuevo Papa tocaría este tema, a lo que respondí que la Iglesia como en muchos otros temas, ya había respondido, solo teníamos que investigar un poco más del tema.
Debemos tener claridad en algunas cosas:
1) el sacramento, ninguno, son juguete o desechables.
2) El matrimonio es fruto del amor y compromiso mutuo.
3) La única persona que puedo escoger en mi vida es al esposo o esposa.
4) El matrimonio tiene algunas razones, sino las conoces, no inventes, no es para diversión o esparcimiento.
5) Pensar que el matrimonio es una salida de la casa paterna, puede ser una de las peores razones para casarse.
6) Pensar en casarse, con la idea de separarse, es cometer fraude con uno mismo y con la persona con quien quiero compartir mi vida.
7) El más perjudicado en una mala decisión somos: “yo y mi compañera”, y en muchos casos los hijos fruto de esta relación.
La Iglesia tiene una gran cantidad de documentos, y particularmente Juan Pablo II escribió mucho sobre el tema, desde una serie de 129 catequesis en sus audiencias de los miércoles llamadas “Teología del cuerpo”, muchas cartas encíclicas sobre la dignidad de la persona, el valor de la mujer en el mundo actual y ante si misma, y en ninguno de los casos se pretende que seamos un objeto de los demás, ni convertir al otro en un objeto de placer o diversión.
Después de estos puntos que nos acercan a la compresión del matrimonio, podemos ver que la Iglesia como Madre y Maestra, responde a sus hijos y reconociendo la fragilidad humana, ha hablado sobre estos casos de algunas personas que se han casado, se han separado y quieren volver a casarse.
La Iglesia reconoce ciertos casos llamados “uniones de hecho”, que de acuerdo a ciertas circunstancias puede darse una realidad de vida conyugal y no pueden casarse, por muchas razones.
Por “uniones de hecho” debe entenderse aquellas uniones de personas que no pueden o no quieren legalizar su situación por las circunstancias que sean. Pero no son uniones transitorias entre un hombre y una mujer, sino que deben tratarse de uniones en donde sus componentes viven como si se tratase de un matrimonio, en donde exista por parte de ambos la intención de vivir como tal y de asumir los compromisos propios de los esposos.
No debe olvidarse que las formalidades necesarias para contraer matrimonio aparecen en el año 1563 con el Concilio de Trento. Si se dio ese mandato de la forma jurídica necesaria para contraer matrimonio en el Derecho Canónico - ante el párroco y dos o tres testigos - fue precisamente para acabar con las situaciones de bigamia y poligamia de la época, con los matrimonios clandestinos - en donde el consentimiento no era prestado ante la Iglesia - y establecer una cierta seguridad jurídica, dado que en aquella época sólo los hijos legítimos tenían derechos sucesorios. De este modo, cuando el Derecho civil comienza a legislar sobre el matrimonio los distintos Estados empiezan a imponer también determinadas formas jurídicas de celebración del matrimonio tomadas directamente del Derecho Canónico, sustituyendo lógicamente la figura del párroco por la del funcionario competente en la sociedad.
Este tema es del orden moral, por lo que debe hablarse con un director espiritual o confesor, al tener que exponerse ciertos elementos de la vida intima y las razones de por que no pueden recibir el sacramento.
El confesor determinará si se dan los elementos para poder entrar en la figura de “uniones de hecho” y que pasos deben seguir, que deben hacer en este caso.
Por lo que implica este tema, debe ser tomando con suma seriedad y respeto, no solo por referir a un sacramento, sino por que estamos vinculándonos con otra persona, a la que podemos causar una gran alegría o un dolor muy fuerte, sin contar con el daño a los hijos, que son las victimas del juego de papá y mamá.
Pero no queramos que la Iglesia ni los sacramentos se convierta en juguetes, si otros sectores de la sociedad los hemos desvirtuado, no lo hagamos con nosotros mismos y con quien en algún momento pensamos para compartir nuestras vidas.
Si no quieres comprometerte, nadie puede obligarte a que lo hagas, pero no caigas en el utilitarismo, usando a los demás y devaluando el sacramento del matrimonio.
Si tienes dudas o sientes estar en un caso similar, acércate a un sacerdote, pregunta, consulta, investiga, pero no deformes tu vida ni la de tu ser amado, y la consecuencia lógica de vivir el amor es el compromiso, si lo evitas, seguro es que algo no esta bien en esa relación.
Ten presente que la familia es el centro de la sociedad, es Iglesia domestica y en ella es donde se cultivan los valores humanos, cristianos y sociales, de donde nos alimentamos y fortalecemos.
Si seguimos devaluando a la familia, tendremos que asumir las consecuencias, que para muchos sectores de la sociedad son visibles y dolorosas.
Recuerda “la salvación de la persona y de la comunidad humana y cristiana está estrechamente ligada a la condición de la comunidad conyugal” (Gaudium et Spes, 47).
Documentos a consultar:
- FAMILIA, MATRIMONIO Y "UNIONES DE HECHO", Pontificio consejo para la Familia, Vaticano 2000
- FAMILIARIS CONSORTIO, Juan Pablo II, Vaticano 1981
- MULIERIS DIGNITATEM, Juan Pablo II, Vaticano 1988
- TEOLOGÍA DEL CUERPO, Juan Pablo II, 129 catequesis de septiembre de 1979 a 1984
- EVANGELIUM VITAE, Juan Pablo II, Vaticano 25 de marzo de 1995
- HUMANAE VITAE, PABLO VI, Vaticano 1968
Carlos Escorza Ortiz
Teólogo
Pueden los divorciados y vueltos a casar comulgar?
Por P. Modesto Lule msp
padremodestomsp@gmail.com
padremodestomsp@gmail.com
Me ha llegado la noticia que algunos divorciados y viviendo con otra persona se acercan a comulgar porque así se los ha permitido cierto «amigo» que es sacerdote. Solamente les ha pedido que lo hagan en una Iglesia donde no conozcan su situación. Dicha noticia me produce tal desconcierto por ambos lados. Primero por los divorciados y vueltos a «juntar» que quieren de forma desesperada recibir a Cristo en la Eucaristía sabiendo que los mandamientos se lo prohíben.
El otro desconcierto es al saber que hay hermanos sacerdotes que están a favor de que un divorciado y vuelto a juntar comulgue. Creo que no hace falta mucho estudio de teología para saber que estas personas están en una situación de pecado grave para recibir la comunión y que si lo hacen, están desobedeciendo los mandamientos de Dios, lo que dicta la Biblia y lo que ha promulgado la Iglesia Católica en varios documentos.
Una persona legítimamente casada, cuando tiene relaciones sexuales, o aplicando el término más apropiado, relaciones genitales con otra persona comete el sexto pecado que se anuncia en los 10 mandamientos. Dice literalmente: «no cometerás adulterio», (Ex. 20, 14). El supuesto «permiso» del sacerdote amigo, para comulgar, no elimina dicha falta o dicho pecado.
La Santa Sede es quien confirma la postura teológica y disciplinaría de la Iglesia Católica, sobre aquellos que se han divorciado y vuelto a casar sin un Decreto de Nulidad.
Al respecto, debemos saber que, por el primero y único matrimonio celebrado en la Iglesia, se encuentran en una relación de adulterio, que no les permite arrepentirse honestamente y recibir la absolución de sus pecados y por ende, la Santa Comunión.
No por esto hay que sentirse rechazados por la Iglesia, ya que como menciona el beato Juan Pablo II, en el documento sobre la Reconciliación y la Eucaristía: «...la Iglesia desea que estas parejas participen de la vida de la Iglesia hasta donde les sea posible, es decir en la Misa, adoración Eucarística, devociones y otros más que serán de gran ayuda espiritual para ellos». En el caso de la Misa, pueden disponerse a la comunión espiritual.
Sólo podrían acercarse a comulgar si, evitado el escándalo y recibida la absolución sacramental, se comprometen a vivir en plena continencia. Así lo ha dicho la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe. Aunque yo veo casi imposible que así suceda. En algunos casos sí se puede, cuando ya son muy ancianos y sufren de enfermedades, que les prohíbe tener actividad sexual. Pero cuando no hay estos casos es muy difícil que se mantengan célibes y vivir juntos.
Aclaro, para no confundir: las personas casadas por la Iglesia y divorciadas, pueden comulgar, siempre y cuando no tengan actividad sexual con otras personas que no sean su esposo o esposa. Si viven por separado pero en continencia sexual pueden acercarse al sacramento.
En esta dirección podrás escuchar el audio de este artículo:
http://padremolleto.blogspot.mx/2012/05/los-divorciados-vueltos-casar-pueden.html
BUSCANDO ALGUNA SOLUCION?
En el avión que lo traía de regreso de Río de Janeiro, a fines de julio pasado, el Papa improvisó una conferencia de prensa para los periodistas que viajaban con él. Fue entonces cuando, hablando del "problema de la comunión a las personas en segunda unión -porque los divorciados sí pueden hacer la comunión-", aclaró, hizo "un paréntesis" para referirse a lo que la Iglesia oriental hace al respecto. "Los ortodoxos tienen una praxis diferente, ellos siguen la teología de la economía [oikonomia], dan una segunda posibilidad de matrimonio, y cierro paréntesis", dijo. A continuación aclaró que el tema del matrimonio, que definió como "antropológico", había que "mirarlo en la totalidad de la pastoral matrimonial", para la cual hay una fecha fijada, que es el Sínodo que tendrá lugar en Roma del 5 al 19 de octubre, en torno al tema: "Desafíos pastorales sobre la familia".
Ese mismo día, el Papa también citó la opinión de su antecesor en el Arzobispado de Buenos Aires: "El cardenal (Antonio) Quarracino –recordó Bergoglio- decía que la mitad de los matrimonios eran nulos porque se casan sin madurez, sin darse cuenta de que es para toda la vida, quizás se casan por motivos sociales... y esto entra en la pastoral matrimonial". Y al respecto agregó: "También debemos revisar el problema judicial de la nulidad de matrimonios porque los tribunales eclesiásticos no bastan para eso".
Sin dudas, este es un tema sobre el cual el próximo Sínodo de la Familia podrá traer novedades. En el cuestionario enviado a las diócesis de todo el mundo, de un total de 39 preguntas, 5 conciernen a los católicos divorciados y vueltos a casar y su imposibilidad de participar del sacramento de la eucaristía.
Actualmente en la Iglesia católica la única vía para que los casados en segundas nupcias sean admitidos a la comunión es la verificación de la nulidad del primer matrimonio religioso.
Pero, como lo señaló el propio Papa, los tribunales eclesiásticos que se ocupan de estudiar estas demandas de nulidades no están en condiciones de atender al gran número de casos de matrimonios que podrían ser inválidos. Se impone por lo tanto la necesidad de una solución más abarcadora. Y es en este contexto que algunos se vuelven hacia el pasado cuando, curiosamente, las cosas eran más flexibles que en el presente.
Como lo recordó recientemente la revista L'Espresso, Giovanni Cereti, un sacerdote genovés, especialista en patrística (la etapa de organización y consolidación del cánon testamentario del cristianismo primitivo, hasta el siglo VII), reeditó hace unos meses un estudio del año 1977, cuyo título es Divorcio, nuevas nupcias y penitencia en la Iglesia primitiva.
El trabajo de Cereti incluye referencias al Concilio de Nicea del año 325, el primero de los grandes concilios mundiales de la Iglesia, que en su canon 8 dice: "A propósito de aquellos que se definen puros, en el caso de que quieran entrar en la Iglesia católica, este santo y gran concilio establece, [...] antes de cualquier otra cosa, que estos declaren abiertamente, por escrito, que aceptan y siguen las enseñanzas de la Iglesia católica: es decir, que entrarán en comunión tanto con aquellos que han pasado a segundas nupcias, como con aquellos que han cedido en la persecución, para los cuales se establecen el tiempo y las circunstancias de la penitencia, siguiendo así en cada cosa las decisiones de la Iglesia católica y apostólica".
Los "puros" a los que hace referencia este texto son los novacianos, nombre que deriva de Novaciano, un sacerdote romano, del siglo III que desconoció la autoridad del Papa de su época, y que tenía una posición muy rígida frente a los cristianos que, por presión de los romanos, renegaron de su fe. Los novacianos afirmaban que a Iglesia no tenía poder para perdonar a estos apóstatas, aun arrepentidos. La misma actitud intransigente la mantenían hacia los "adúlteros", es decir, divorciados vueltos a casar.
Cabe aclarar que tanto los apóstatas para salvar su vida y los que iban por sus segundas nupcias eran personas que habían sido sometidas a la penitencia y absueltas de su pecado.
Al exigirle a los novacianos que, para ser readmitidos en la Iglesia, entrasen "en comunión" con estas categorías de personas, el concilio de Nicea confirmaba –contra la opinión de los rigoristas- el poder de la Iglesia para perdonar cualquier pecado y volver a acoger en su seno y en la plena comunión también a los adúlteros vueltos a casar y a los apóstatas.
Desde aquellos tiempos, por lo tanto, convivieron en la iglesia dos tendencias, una más rigorista y otra más dispuesta al perdón, hasta que, hacia el segundo milenio, entre los cristianos de Occidente se impondrá la primera actitud, mientras que en Oriente prevalecerá la segunda.
La solución Benedicto
Un artículo del propio papa emérito Joseph Ratzinger, publicado por L'Osservatore Romano, en noviembre de 2011, pero escrito en realidad en 1998, decía sobre esto: "Si bien los Padres [N. de la R.: los obispos de los primeros tiempos del cristianismo] se atuvieron claramente al principio doctrinal de la indisolubilidad del matrimonio, algunos de ellos toleraron, en la práctica pastoral, una cierta flexibilidad ante situaciones difíciles concretas. Sobre este fundamento, las Iglesias orientales separadas de Roma habrían desarrollado más tarde, junto al principio de la akribia, de la fidelidad a la verdad revelada, el principio de la oikonomia, de la condescendencia benévola en situaciones difíciles. Sin renunciar a la doctrina de la indisolubilidad del matrimonio, esas Iglesias permitirían, en determinados casos, un segundo e incluso un tercer matrimonio que, por otra parte, es diferente del primer matrimonio sacramental y está marcado por el carácter de la penitencia. Esta praxis nunca habría sido condenada explícitamente por la Iglesia Católica".
Ratzinger ponía a San León Magno y otros Padres de la Iglesia como ejemplo de quienes "buscaron soluciones pastorales para raros casos límite" y reconocía que "en la Iglesia imperial posterior a Constantino se buscó una mayor flexibilidad y disponibilidad al compromiso en situaciones matrimoniales difíciles".
Pero en Occidente, en los siglos posteriores al Concilio de Nicea, el periodo penitencial que precedía a la readmisión de los casados en segundas nupcias a la Eucaristía, inicialmente breve, se fue prolongando hasta hacerse permanente, hasta excluir a estas personas definitivamente de la comunión eucarística.
De este modo, se canceló la vía de la conversión y la penitencia y el tema fue quedando en manos de los tribunales eclesiásticos que debieron estudiar y resolver los casos de segundas nupcias pero mediante la nulidad del precedente matrimonio.
En las Iglesias de Oriente, en cambio, se mantuvo el sistema penitencial al cual algunos, como Giovanni Cereti y otros, proponen volver hoy.
Quizá sea ésta la solución que está imaginado el papa Francisco, aunque hasta ahora no lo ha formulado de modo explícito. En cambio, Joseph Ratzinger, tanto en sus tempos de cardenal como de Papa, había formulado, como se vio, esta opción en varias oportunidades: permitir a los divorciados vueltos a casar "que hayan llegado a la motivada convicción de conciencia sobre la nulidad de su primer matrimonio, pero cuya invalidez no puede ser demostrada por vía jurídica", el acceso a la comunión.
En una homilía pronunciada esta semana, el papa Francisco pidió "acompañar" y no "condenar" a las personas que han fracasado en su matrimonio. Pero al mismo tiempo alertó contra las trampas de la casuística, es decir, el tratar de estos temas a partir de casos particulares extremos.
De hecho, las dos posiciones dentro de la Iglesia perduran hasta hoy y se han visto expresadas recientemente a través de dos voceros, ambos autorizados por el papa Francisco más o menos explícitamente.
Por un lado, habilitó la publicación en el Osservatore Romano del 23 de octubre de un artículo del prefecto de la congregación para la doctrina de la fe, Gerhard L. Müller, reafirmando la "santidad" indisoluble del matrimonio cristiano y rechazando "una adecuación al espíritu de los tiempos". La insistencia en la misericordia, es "un argumento insuficiente en materia de teología del sacramento", y las segundas nupcias son "una práctica inconciliable con la voluntad de Dios, claramente expresada en las palabras de Jesucristo", sentenció Müller.
Por otra parte, un cardenal que goza de la confianza del Papa, como el hondureño Óscar Rodríguez Maradiaga, coordinador del Consejo de ocho cardenales que asesora a Francisco, se expresó públicamente contra la posición que defiende Müller. Fue a través de una entrevista con el diario alemán Kölner Stadt-Anzeiger, el pasado 20 de enero: "Respondo -dijo, dirigiéndose a Müller-: 'Hermano mío, el mundo no es así. Deberías ser un poco más flexible escuchando los puntos de vista de los otros. Así sólo acabas diciendo 'alto ahí, aquí está el muro y más allá de él no se pasa". Y, en referencia a la variedad de situaciones en el campo de la pareja y de la familia, agregó: "Son situaciones que piden respuestas adecuadas al mundo de hoy. Ciertamente, no es suficiente decir: 'bueno, para todo esto está la doctrina'. Es verdad, y ella permanecerá, pero el desafío pastoral pide respuestas que vayan al paso con los tiempos. Respuestas que ya no se pueden fundar sobre el autoritarismo y el moralismo".
El dilema
La Iglesia se prepara por lo tanto a enfrentar un dilema: el casamiento es un sacramento, dado por Dios, y por lo tanto indisoluble, pero el número de divorcios aumenta también entre los católicos.
Para la Iglesia, sólo los viudos o las personas cuyo primer matrimonio fue únicamente civil pueden volver a casarse religiosamente. En cambio, en el caso de los divorciados se considera que, si vuelven a formar pareja, están en adulterio.
Pueden seguir yendo a la Iglesia y asistiendo a misa. Pero están excluidos de la Eucaristía. De todos modos, hay que decir que en la práctica esto se aplica cada vez menos: muchos sacerdotes hacen la vista gorda en el momento de dar la comunión a los fieles.
De hecho, la consulta lanzada por el Vaticano confirma lo que muchos suponen: que una gran mayoría de fieles desea que la Iglesia pueda perdonar el fracaso matrimonial y aceptar la comunión de los divorciados vueltos a casar.
La Iglesia se encuentra pues ante el dilema de encontrar una forma de práctica de penitencia, perdón y comunión para los divorciados casados en segundas nupcias que al mismo tiempo no entre en total contradicción con lo que el Evangelio dice sobre el casamiento.
La solución, quizá, se encuentre en el pasado.
Por: Claudia Peiró cpeiro@infobae.com